martes, 28 de abril de 2015
martes, 14 de abril de 2015
Concepto de vida
Concepto de vida
En la materia de Derecho normalmente la vida es el espacio de tiempo que corre desde el nacimiento con vida hasta la muerte debidamente verificada y probada. En caso de desaparición prolongada se verifica con la Declaración Judicial De Muerte Presunta y en el caso de muerte natural se prueba con el Certificado de Defunción.
El corte del cordón umbilical determina la personalidad jurídica, ya que es separado de la personalidad de la madre. Por excepción en razón de derechos espectaticios se considera vida desde la concepción. Por razones derechos sucesorios se considera muerto luego del último día después de dos años de la Declaración judicial de muerte presunta.
Fin de la persona humana
Fin de la persona humana
El Derecho penal mantiene la protección del derecho a la vida de la persona hasta que deja de existir; por
muy precario que sea su estado vital . La protección de la vida humana concluye con la muerte de la
persona. El concepto muerte ha variado con el transcurso del tiempo. En un determinado momento se
admitió de manera general, salvo para casos de trasplante de órganos el criterios de muerte bio-fisiológico
consistente en el cese irreversible de las funciones vitales cardiorespiratoria, que por motivo de la medicina
intensiva se han visto superadas, toda vez, que es posible la recuperación artificial de aquélla, pues la muerte
no se produce de manera instantánea sino progresivamente.
Derecho a la vida en la Constitución
Derecho a la vida en la Constitución
El artículo 2º, inciso 1º de la Constitución Política del Perú: Declara que “toda persona tiene derecho a la vida”. A nivel global, la protección se establece en la Declaración Universal de Derechos Humanos (art. 3º) y a nivel regional, en la Convención Americana de Derechos Humanos (“Pacto de San José”, artículo 4º, primer párrafo), también el Pacto Internacional de Derechos Políticos y Civiles (art .6º) y la Convención Europea de Derechos Humanos (artículo 2º, primer párrafo). El derecho fundamental que tiene toda persona a la vida es indiscutible e incuestionable, con independencia de su status, pre- o postnatal, de su capacidad o incapacidad de vida o de la mayor o menor calidad de vida. Se trata de un derecho de todo ser humano desde su concepción hasta su muerte, haya adquirido la calidad de persona o se encuentre todavía en el vientre materno . Sin embargo, la intensidad de la protección de la vida fetal y de la del ya nacido es diferente en los distintos ordenamientos positivos, según se halle en el seno materno o fuera de él.
Suicidio
Suicidio
El suicidio ocupa un lugar entre las primeras 10 causas de muerte en las estadísticas de la Organización Mundial de la Salud. Se considera que cada día se suicidan en el mundo al menos 1 110 personas y lo intentan cientos de miles, independientemente de la geografía, cultura, etnia, religión, posición socioeconómica, etcétera. Cualquier sujeto puede, en determinado momento de su existencia, sentir que la vida no tiene sentido por diversas causas, como la enfermedad física o mental, la pérdida de una relación valiosa, un embarazo oculto o no deseado, la soledad, las dificultades cotidianas en personalidades poco tolerantes, lo que convierte el suicidio en la mejor y única opción para ellos.
Asesinato
Asesinato
Es un delito contra la vida humana, de carácter muy específico, que consiste en matar a una persona concurriendo ciertas circunstancias tales como : Alevosía, precio, recompensa o promesa remuneratoria y ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente del dolor del ofendido. Es un tipo de homicidio cualificado.
Maneras de atentar contra el derecho a la vida
Aborto
El aborto (presentación diapositivas) from erag24
Es la interrupción y finalización prematura del embarazo. Existe el aborto inducido y el aborto espontaneo.
Desde el momento de la concepción, el ser que se lleva en el vientre tiene vida, se convierte en un ser humano. Y al igual que todos tiene derecho a la vida.
Historia
Historia del Derecho a la vida
Su origen tuvo lugar en Roma, donde el primer delito castigado con la pena de muerte fue el perduellio, traición a la patria. Más tarde se aplicó también a otros delitos, siendo esta la pena imperante. Un tiempo después y aunque sin ser abolida cayó en desuso, restableciéndose posteriormente con los emperadores.
Formas de ejecución:
- La lapidación
- La rueda
- La hoguera
- La horca
- El garrote vil.
- La silla eléctrica.
- La inyección letal (utilizada actualmente en EE.UU.).
- Cámara de gas.
- La guillotina (Usada durante la Revolución Francesa).
Derecho a la vida en los niños
Derecho inherente del niño a la vida
El conjunto de normas internacionales existentes hacen referencia a un derecho inherente a la vida. Esto significa que el derecho a la vida está vinculado al carácter humano y a la dignidad de las personas. De forma análoga, todo ser humano, sin excepción, merece el respeto incondicional por el simple hecho de existir y estar vivo. Por lo tanto, desde su nacimiento, todos los niños tienen derecho a una vida protegida.
Derecho a la vida
Derecho a la vida
Es el derecho universal, es decir que se le reconoce a cualquier ser humano. El derecho a la vida significa tener oportunidad de vivir nuestra propia vida, si no hay vida no tiene sentido que existan los demás derechos fundamentales.
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